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UN SALUDO
Ante todo
queremos darle un cordial saludo. Sabemos que probablemente Ud. viene a esta
pagina necesitando ayuda porque es una persona cristiana que quiere vivir su
fe.
Se encuentra
en una situacin que, para muchas personas, es muy dolorosa:
Esto lo entendemos plenamente y deseamos prestar nuestra ayuda en la medida
de lo posible.
QUEREMOS
DECIRLE:
-
Como
Ud. sabe la Iglesia NO ANULA MATRIMONIOS: Si hubo matrimonio,
ese matrimonio existe hasta que la muerte los separe.
-
La
Iglesia sabe que cuando una persona contrae matrimonio, lo hace
confiado en que junto a su cnyuge- constituirn algo
hermoso, que ser felices.
-
La
Iglesia tambin sabe que, en muchas ocasiones, las cosas no
resultan como se esperaban y hay fracasos que son muy dolorosos.
-
En
estas circunstancias la Iglesia quiere ayudar a la persona que
as lo pide.
-
Respecto
a este punto le agradecemos ponga la mayor atencin a lo
siguiente:
4.1) Si lo que
produjo el rompimiento y el quiebre definitivo de la convivencia
matrimonial, no tiene antecedente previo a la celebracin de la boda, ese
matrimonio subsiste y se trata, de un fracaso matrimonial sin otra
proyeccin. UP
4.2) Si lo que
produjo el quiebre definitivo de la convivencia matrimonial tiene
antecedentes previos a la celebracin de la boda, hay que distinguir:
-
Si esos
antecedentes hacan POSIBLE la celebracin del matrimonio, aunque se
prevean futuras dificultades, ese matrimonio subsiste hasta que la
muerte los separe y se reduce al caso anterior.
-
En cambio si
esos antecedentes hacan imposible la celebracin de la boda, aunque
hubiere sido una ceremonia nupcial muy hermosa, ese matrimonio no existe
porque haba antecedentes que lo hacan imposible.
(Entre muchas
causas que hacen imposible el matrimonio, podemos mencionar a modo de
ejemplo: El que uno de los contrayentes ya este casado con otra persona,
el que alguno de los cnyuges tuviere problemas psicolgicos serios, que
le hicieren imposible la convivencia matrimonial, si la joven consinti
el matrimonio por el embarazo prematrimonial.
5) Debemos
decirle, adems, que el matrimonio es producido por el consentimiento.
- QUE ES EL
CONSENTIMIENTO?
El
consentimiento es el acto humano, consciente, voluntario y libre por medio
del cual Ud. se entrego a su cnyuge y su cnyuge a Ud.
ES CONSCIENTE,
es decir que Ud. se dio cuenta de lo que estaba haciendo, que le tomaba el
peso, evaluaba lo que realizaba y con quien se estaba casando y sabia que
poda cumplir las obligaciones que el matrimonio lleva consigo.
ES VOLUNTARIO,
Es decir que Ud. quiso y quera hacerlo.
ES LIBRE, es
decir que Ud. poda escoger: Poda casarse con esta persona o con otra,
e incluso no casarse.
-
Si Ud. cree
que su matrimonio fracasa por una causa que lo hacia imposible, la
Iglesia esta dispuesta a otorgarle su ayuda para aclarar la situacin.
En definitiva, es la Iglesia la que ha de juzgar si existi o no
matrimonio. Esta potestad la ejerce independientemente de la voluntad de
las partes, sin atenerse al parecer de los cnyuges, estn de acuerdo
o no.
LO QUE
INTERESA ES DESCUBRIR LA VERDAD:
Hubo matrimonio? o No hubo matrimonio?
-
Para esta
labor la Iglesia requiere, de toda la ayuda que Ud. pueda entregar: todo
lo que Ud. sabe, el aporte de las personas que sean testigos fidedignos,
en este caso los familiares suelen ser los mejores testigos, documentos,
pericias medicas, etc.
-
Se requiere de
personas que se han especializado en situaciones como la que Ud.
presenta y que son los abogados . Estos profesionales orientan y
acompaan en la bsqueda de la verdad.
-
Hay personas
que con el nico afn de ayudar- indagaran de Ud., de su cnyuge
y de los testigos que Ud. presente los elementos que permitan dar luces
para descubrir la verdad, que son los Jueces Auditores.
-
Hay una
persona que se llama Defensor del Vinculo Matrimonial que propondr
todo lo que razonablemente pueda en contra de la nulidad, y finalmente
habr tres sacerdotes que con esos elementos vern a la luz de todo lo
aportado si hubo o no matrimonio.
-
Esto no
termina aqu:
UP
Cuando
este Tribunal de Primera Instancia ya acabo su tarea y dicta sentencia
declarando si hubo o no sacramento matrimonial, todo esto pasa a otro
tribunal el de apelacin(por ej.en Argentina, el Tribunal Eclesistico
Nacional sito en la calle Suipacha 1034 piso 2 CAPITAL FEDERAL, tel.
4328 0859 - Presidente Mons. Jos BONET ALCON, Vicepresidente Pbro. Dr.
Ariel David BUSSO, Notaria Sra. Norma FERRANDO), este Tribunal revisa
todo lo hecho. Si el Tribunal de Apelacin coincide con lo que ha dicho
el Primer Tribunal, entonces la Iglesia estima como verdad lo que ambos
Tribunales han dicho, es decir se requiere dos sentencias conformes.
Si hubiere
discrepancia entre lo que dijo el Primer Tribunal y el de Apelacin se
acude a la Santa Sede Tribunal de la Rota Romana- para que ella
dirima. En este caso el Tribunal Rotal dice la ultima palabra.
-
Todo esto,
como Ud. comprende, no es sencillo requiere de un largo y difcil
trabajo.
Ud. preguntara
cuanto tiempo demora esto. Debemos responderle que el Cdigo de
procedimiento dice un ao, pero esto en gran parte depende de Ud., de los
testigos, de lo que Ud. declare, de las pruebas periciales que hubiere que
practicar, y de otros imponderables.
13) COSTAS
PROCESALES
Es variable:
Depende de lo complejo de cada situacin: TASA DE JUSTICIA, la que ser
abonada en relacin a sus ingresos y en el Tribunal Interdiocesano. Si Ud.
no puede aportar aun en mensualidades los aportes mencionados, podr
conversarlo con el Vicario Judicial Adjunto, e incluso solicitar la
reduccin de la tasa o el privilegio del beneficio de pobreza segn cada
situacin. Entre los gastos tambin se consideran los gastos por
realizacin de pericias.
UP
14) Para que
nosotros le podamos ayudar, Ud. debe ayudarnos y la persona que estar mas
cerca de Ud. ser su abogado, el recibir tambin sus
honorarios.
15) Salvo casos
excepcionales, los aportes se depositaran segn lo que disponga el Tribunal
Interdiocesano
Finalmente, es un
imperativo de la caridad, un trato exquisito a los fieles que se acercan a
los Tribunales de la Iglesia, mxime en causas matrimoniales, que llegan
con atroces sufrimientos. Esta labor de los Tribunales es sagrada porque
tiende, como a su ultimo fin a la SALUS ANIMARUM, y, por otra parte, las
relaciones humanas en los procesos deben ser, de alguna manera, cuasi
sacramentales , en el sentido de que expresan y comunican la gracia de Dios,
la justicia y la misericordia de Dios, la reconciliacin de los hombres con
Dios y entre ellos, el amor reciproco entre Dios y los hombres y de estos
entre si.
Zulma
Ester Malbeck
UP
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